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Control de Días de Derecho (GPEA050)
Esta rutina está ubicada en "Actualizaciones | Empleados | Control Días de Derecho" (GPEA050), en ella se podrá realizar mantenimiento a los Días de Derecho para los empleados.
También existen rutinas como el Cierre de Nómina (GPEM120) y Empleados (GPEA010), que pueden actualizar o incluir información en dicho catálogo. A continuación se ejemplifican las formas en que se actualiza la información:
Los periodos de Días de Derecho son generados en dos momentos:
En la inclusión de un Empleado
- Cuando se realiza el alta de un empleado en la pantalla "Actualizaciones | Empleados | Empleados" (GPEA010), seleccionando la opción "Incluir", donde generará el periodo inicial correspondiente al momento del alta. Por ejemplo: si un empleado ingresó en un mes diferente de Enero, tendrá asignados en los días de referencia los días completos, pero en los días proporcionales los que le correspondan, de acuerdo a la época del año del ingreso (en este caso 13 días proporcionales):
En el Cierre de Nómina
- Cuando se realiza el cierre de periodos, desde el mes de Septiembre a Diciembre, se genera el próximo periodo posterior, si no se haya ha sido creado, con los días de referencia del mismo. Por ejemplo si el cierre es de en Septiembre/2024, generará el periodo 2025, si no se encuentra creado, y así en los próximos cierres de nómina posteriores.
Los periodos de Días de Derecho inician el 1° de Enero (01/01) del periodo correspondiente (o en la fecha de alta en caso empleado nuevo) y finalizan el 31 de Diciembre (31/12) del mismo periodo:
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Cuando se realiza la liquidación del procedimiento VAC o se carga manualmente la ausencia para liquidar el Plus Vacacional en el procedimiento LIQ, en el cierre de dichos periodos, se efectúa la operación de colocar los días pagados en ese periodo que se cierra, de acuerdo al periodo colocado en la liquidación, y solo se modifica el Estado cuando no quedan días disponibles en dicho periodo de Dias de Derecho (tabla SRF - Programación de Vacaciones):
En el caso de contar con el campo Vig. Vacac. (RCJ_VIGVAC) configurado para la prescripción de los periodos de Días de Derecho, también se colocarán como Prescriptos los periodos que cumplan con una antiguedad mayor a la configurada, por ejemplo, si en el Proceso está configurado de la siguiente forma:
Significa que todo periodo de Control Días de Derecho (tabla SRF - Programación de Vacaciones), cuando el cierre del periodo liquidado (tabla RCH - Periodo de Cálculo) sea mayor a la fecha de fin del periodo Control Días de Derecho, se colocará en estado "2- Prescripto".
En este caso, estamos evaluando el cierre del periodo de Marzo/2025, y se prescribe el periodo 2023.
Para poder calcular el pago del anticipo de vacaciones (procedimiento Para poder calcular el pago del anticipo de vacaciones (procedimiento VAC) es necesario que el empleado tenga días de derecho de vacaciones. Esto se puede verificar en la rutina ubicada en "Actualizaciones | Empleados | Control de Días de Derecho" (GPEA050). De la misma forma que en incidencias por empleado, primero se tiene que seleccionar el empleado.
Y una vez que se seleccionóseleccionado, elegir el botón de Mantenimiento para consultar los datos:
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