Insalubridad
Seleccione la opción Sí para que el valor que consta en este concepto se utilice en la base de cálculo de la insalubridad, o No, en caso contrario.
El adicional de insalubridad es un valor debido al empleado que ejecuta sus funciones en actividades insalubres o peligrosas, para amenizar el impacto de estas actividades en la salud del trabajador.
Una vez comprobada la insalubridad, el perito del Ministerio de Trabajo indicará el adicional debido, pudiendo ser, conforme art. 192 de la CLT, de 10% (grado mínimo), 20% (grado medio) o de 40% (grado máximo).
Observación: Trabajo realizado en ambientes insalubres asegura al empleado un adicional de 30% sobre el salario sin los aumentos resultantes de gratificaciones, premios. Cuando por medio de pericia se constate que la actividad ejercida es, concomitantemente, insalubre y peligrosa, se facultará a los empleados que están sujetos a estas condiciones, optar por el adicional que les sea más favorable, no pudiendo, recibir, acumulativamente, ambos adicionales.
En el sistema, el cliente puede optar por el cálculo sobre el salario de registro o por el salario de registro más los conceptos que estén configurados con S – Sí para insalubridad. Esta última opción se utilizada cuando las horas para insalubridad en el registro del empleado estén rellenadas con ‘999.99’.
En el archivo de empleado se indica el número de horas para cálculo y pago de la insalubridad y en el archivo del concepto, se indica o porcentaje para cálculo y sus incidencias.
O valor base para cálculo de la insalubridad puede ser sobre el salario mínimo o salario de registro.