Cálculo de Horas Extras / RSR para Comisionistas
El comisionista es elo empleado en que la remuneración es variable en forma de comisión sobre la producción/ventas efectuadas, por ejemplo. Debido a la modalidad de su remuneración, existen entendimientos distintos cuanto al cumplimiento de los requisitos legales, particularmente, sobre el cálculo de las horas extras y el consecuente reflejo sobre la remuneración del reposo/descanso semanal (RSR/DSR):
Cálculo de las Horas Extras
El Boletín de jurisprudencia nº 340, del Tribunal Superior del Trabajo (TST), dispone que el empleado, sujeto a control de horario, remunerado a base de comisiones, tiene derecho al adicional de, mínimo, 50% (cincuenta por ciento) por el trabajo en horas extras, calculado sobre el valor-hora de las comisiones recibidas el mes, considerándose como divisor el número de horas efectivamente trabajadas.
Cálculo do Reposo Semanal remunerado
La jurisprudencia trabajista se ha posicionado en el sentido de que el montante de las comisiones calculadas mensualmente debe dividirse por el número de días útiles del mes y el resultado multiplicado por el número de domingos y feriados.
Importante: Para que estos cálculos se efectúen, cuando haya necesidad, los campos Hora Extra y DSR sobre Hora Extra, deben estar rellenados con Sí. |