Según el artículo 4º del Reglamento del ICMS del Estado de Minas Gerais, es de responsabilidad del tomador del servicio el pago del impuesto que incidirá en la operación de transporte, cuando el servicio sea ejecutado por:
Para esta situación, se creó una nueva opción de cálculo del impuesto sobre el flete, en que la alícuota será específica para la operación de transporte y el valor del impuesto no se agregará al valor total del documento, y no forma parte del valor del ICMS ST de los productos que se calcularon.
Procedimientos
El ICMS de sustitución tributaria sobre el flete solamente se calculará cuando:
Si las condiciones anteriores fueron cumplidas, el ICMS ST sobre el flete se calcula, considerando que:
El registro fiscal de los valores solamente se hará cuando la responsabilidad del pago estuviera configurada como parte del emisor. Esta configuración se hace por medio de la rutina Pedido de venta, donde el campo Pago Fl.Aut (C5_RECFAUT) se debe informar con la opción Emisor.
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