01. DATOS GENERALES


Producto

Línea de producto: 

Segmento:

Módulo:SIGAGPE - Gestión de Personal.
Función:

   

Rutina(s)Nombre TécnicoFecha
GPFORCOLFórmulas Estándar - Colombia (PRX).XX/12/2021
GPFO1COLFunciones adicionales de Fórmulas Estándar - Colombia (PRX).XX/12/2021
GPFO2COLFunciones adicionales de Fórmulas Estándar - Colombia (PRX).XX/12/2021

GPFO3COL

Funciones adicionales de Fórmulas Estándar - Colombia (PRX).XX/12/2021
GPPDCOLConceptos por Proceso - Colombia (PRX).XX/12/2021
GPMNECOLMnemónicos Estándar - Colombia (PRX).XX/12/2021
GPPDCOLConceptos - Colombia (PRX).XX/12/2021
GPVPPCOLConceptos por Proceso - Colombia (PRX).XX/12/2021

   

Ticket:N/A
Requisito/Story/Issue (informe el requisito vinculado):DMICNS-12821

02. SITUACIÓN/REQUISITO

De acuerdo al Decreto 558 del 15 de abril del 2020, donde los empleadores de cualquier sector optarán por este alivio para el pago de pensión se realizará no del 16% sino del 3%, al sistema general de pensiones de los periodos de abril y mayo 2020, no obstante, este decreto fue derogado por la corte constitucional en la Sentencia C-258 de 2020 y así mismo este fue reglamentado por el Decreto 376 del 9 de abril 2021.

  1. Se debe crear dos conceptos de descuento uno de pensión y otro de fondo de solidaridad (FSP) para los casos que corresponda aportar el 25% del 13% faltante.
  2. Dentro de lo estipulado en el decreto el empleador debe aportar el 75% del cálculo del 13% faltante por pagar a las entidades, por lo tanto, se debe crear un concepto de los cálculos de seguridad social a cargo del empleador (este no afecta al empleado por ser parte de provisión) donde se incluya el valor que el empleador tiene que asumir.
  3. Dichos descuentos al empleado tanto de pensión como de FSP deben ser parte de la depuración de la retención en la fuente como parte de los ingresos no constitutivos de renta (Art. 2.2.3.5.8 decreto 376 de 2021).

Sustento Legal:

DECRETO 376 DEL 9 DE ABRIL DE 2021

03. SOLUCIÓN

Para dar solución al Decreto 376 del 9 de abril 2021, se realizan las siguientes modificaciones:

También se incluyen las soluciones a los siguientes puntos:

Para mayor información sobre los puntos adicionales resuelto, se recomienda leer la sección 04. INFORMACIÓN ADICIONAL.


  1. Respaldar el repositorio (RPO).
  2. Aplicar el parche correspondiente al issue DMICNS-12821.
  3. Verificar que las rutinas actualizadas en el repositorio, coincidan con las descritas en el encabezado del presente Documento Técnico, así como las fechas.
  4. Ingresar a la rutina Mnemónicos, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Mnemónicos" (GPEA300); para realizar la actualización de los mnemónicos.
  5. Ingresar a la rutina Fórmulasubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Fórmulas" (GPEA290); para realizar la actualización de las fórmulas.
  6. Configurar los catálogos necesarios para realizar un Cálculo de Nómina.
    • Para el catálogo de Conceptos, se deben crear los conceptos:
      • 491 (Incidencia AFP Trabajado), asignarle la fórmula INCAFP (Incidencia AFP Trabajador).
      • 492 (Incidencia AFP Empresa), asignarle la fórmula INCAFPCI (Incidencia AFP Empresa).
      • 493 (Incidencia FSP Trabajador), asignarle la fórmula INCFSP (Incidencia FSP Trabajador).
    • Para el catálogo de Conceptos por proceso, se deben agregar los conceptos creados anteriormente, al procedimiento "LIQ" y estos, deben estar ubicados antes del cálculo de los conceptos de IBC de la PILA.
    • Para el catálogo de Incidencia por empleado, se debe realizar el cálculo del pago de la pensión y se deberán agregar como incidencias al empleado.

      El cálculo del valor que se debe retornar, lo debe de hacer la empresa y en esos conceptos se tiene que meter la incidencia con el valor de lo calculado.

  1. Ingresar al módulo Gestión de Personal (SIGAGPE).
  2. Ingresar a la rutina Por procedimiento, ubicada en "Miscelánea | Cálculos | Por procedimiento" (GPEM020).
  3. Informar los parámetros solicitados.
  4. Dar clic en "Confirmar".
  5. Visualizar el mensaje de confirmación de finalización del cálculo.
  6. Ingresar a la rutina Volante de Pago, ubicada en "Consultas | Archivos | Volante de Pago" (GPEA630).
  7. Seleccionar uno de los empleados al cual se realizó el Cálculo de Nómina.
  8. Dar clic en "Consultar".
  9. Validar que los valores de los conceptos informados, sean los correctos.

04. INFORMACIÓN ADICIONAL

Cálculo de IBC es duplicado:

Cálculo incorrecto en la Retención en la Fuente Quincenal:

Cálculo incorrecto en Acumulado de Provisiones y Consolidados:

Tarifas de EPS y CCF son duplicadas en la PILA:

Cálculo de Prima con hay aumentos de Salario:

Cálculo de Cesantías:



05. ASUNTOS RELACIONADOS

Documento de Referencia, sobre la localización de Colombia:

DT Localización Colombia SIGAGPE



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