ÍNDICE
Sustenta Legal:
La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú. Tiene por objeto que los trabajadores accedan a las utilidades netas (cuando las hubiera) que percibe el empleador como consecuencia de su gestión empresarial.
El empleador deberá entregar una hoja de liquidación la cual contendrá como mínimo la siguiente información:
Enlace del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleado:
https://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/informacion/TRABAJADORES/INF_UTILIDADES.pdf
Objetivo:
Crear un informe que atienda los requisitos y formas de presentar la información del Certificado de Participación de Utilidades estipulados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleado.
Utilice este espacio para incluir ejemplos de utilización.
Otras acciones / Acciones relacionadas
| Acción | Descripción |
|---|---|
| Incluya la acción | Incluya la descripción relacionada |
| Incluya la acción | Incluya la descripción relacionada |
| Incluya la acción | Incluya la descripción relacionada |
Principales campos y controles
| Campo | Descripción |
|---|---|
| IIncluya el campo | Incluya la descripción relacionada |
| Incluya el campo | Incluya la descripción relacionada |
| Incluya el campo | Incluya la descripción relacionada |