La depreciación acelerada trata de la disminución acelerada del valor de los bienes muebles de una empresa, resultante del desgaste de estos bienes en razón del uso operativo superior al normal.
De acuerdo con el RIR/99 la depreciación acelerada es aquella reconocida y registrada contablemente, referente a la disminución acelerada del valor de los bienes muebles, resultante del desgaste por el uso en régimen de operación superior al normal, calculada con base en el número de horas diarias de operación y para la cual la legislación fiscal igualmente acata su deducibilidad.
En lo que concierne a los bienes muebles pueden adoptarse, en función del número de horas diarias de operación, los siguientes coeficientes de depreciación acelerada sobre las tasas normalmente utilizables (RIR/1999, Art. 312):
En estas condiciones, un bien, cuya tasa normal de depreciación es del 10% al año, puede depreciarse en un 15% al año si opera 16 horas por día o un 20% al año operando 24 horas por día.
Para efectuar el cálculo y contabilidad de la depreciación acumulada, la empresa no necesita autorización previa de la autoridad competente. Sin embargo, cuando la empresa utiliza este recurso, el fisco se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento, la prestación de cuentas en la cual el contribuyente debe ofrecer una comprobación convincente que justifique el uso de la depreciación acelerada, bajo pena de glosar el exceso de uso, cobrándose, de esta manera, los tributos con los aumentos admisibles.
Con esta rutina, la empresa puede utilizar el bien en un período determinado del mes, aplicando una tasa específica del 15% (bien que opera por 16 horas), que corresponde a la depreciación acelerada, justificada por el exceso de utilización de este bien en este período y para el restante del mes utilizará la tasa normal de depreciación del 10%, calculada por la rutina Cálculo mensual.
Solamente podrá ejecutarse la depreciación acelerada dentro del mes del próximo cálculo de depreciación. EL sistema utiliza la fecha base como referencia para registrar tanto el movimiento da depreciación acelerada como para actualizar los saldos de las cuentas.
En el último día del mes, el usuario generará por la rutina de Cálculo mensual el cálculo correspondiente a la depreciación mensual. Si en este período también sucediera el cálculo de depreciación acelerada para algunos bienes, este valor se sustraerá del valor total de la depreciación para obtención del valor de la depreciación contable del mes.
En la contabilidad, la depreciación acelerada utiliza el asiento estándar 840.
Siempre que sea necesario puede ejecutar la depreciación acelerada durante el mes. Sin embargo, este cálculo será irreversible. Después de efectuarlo no hay cómo deshacerlo, excepto si hubiera una copia de seguridad generada antes de ejecutar la rutina. |
Ejemplo:
Si consideramos que un equipamiento se utilizó durante el mes, por dos turnos de ocho horas, durante cinco días y su tasa normal de depreciación es del 10%, por la rutina el sistema calculará la depreciación acelerada por la tasa del 15% solamente para los 5 días del mes. Para los otros días se utilizará la tasa del 10% y el cálculo se efectuará al final del mes.
Procedimiento
Cómo calcular la depreciación acelerada: