Permite imprimir las Informaciones sobre grandes contribuyentes y contribuyentes CEDE que se presentarán en el Formulario.
Imprimir los formularios.
Otras acciones / Acciones relacionadas
Acción | Descripción |
Imprimir | Cuando se activa la opción imprimir, se presenta un reporte con las informaciones del formulario seleccionado. |
Principales campos y parámetros
Campo | Descripción |
Tipo de formulario | Seleccionar el tipo de formulario que se imprimirá: Formulario 2181: Los contribuyentes administrados por la División de Grandes Contribuyentes y los contribuyentes de la CEDE deben acompañar su Declaración de IVA con el formulario 2/181. El archivo impreso presenta el siguiente layout: ID Federal de la empresa: Son 12 dígitos, si tuviera menos que 12, se completa con ceros a la izquierda. Las informaciones anteriores se separan con el carácter ';', el cual también se coloca después de la última columna de información. El archivo se genera con la nomenclatura: "form02181_AAAAMM.txt", en el cual AAAA = Año de emisión y MM = Mes de emisión. Se presentan todos los títulos implantados en los módulos Cuentas por pagar y Cuentas por cobrar, con fecha de transacción de la implantación dentro del mes/año informado. Los títulos se buscan por el movimiento de implantación de estos. Solamente se consideran los títulos con el tipo Normal, Nota de débito y Nota de crédito. Los valores referentes a las notas de créditos, se sustraen de la suma de los valores de las operaciones. Los valores que se presentarán en el archivo se acumulan por fecha de emisión, línea y cliente/proveedor de la siguiente manera: a) Para los títulos del módulo Cuentas por pagar que tiene el IVA vinculado: b) Para los títulos del módulo Cuentas por pagar que no tiene IVA vinculado, o cuya base de cálculo del IVA vinculado es menor que el valor original del título sustraído del valor de IVA: c) Para los títulos del módulo Cuentas por cobrar que tiene el IVA vinculado: Los valores siempre se presentan en la moneda de la finalidad económica, parametrizada como corriente para el país de la sucursal principal de la empresa, la conversión se realiza por medio de la cotización utilizada en la implantación del título. Estos se presentan sin los decimales, con redondeo de valor. Nota: Se consideran proveedores/clientes extranjeros, aquellos cuyo país es diferente del país de la sucursal principal de la empresa. La legislación definida por la DGI establece que se registrarán obligatoriamente todos los proveedores y clientes, con los cuales se realizaron una o más operaciones que acumulan un impuesto superior a 4.000 pesos uruguayos. Sin embargo, la rutina desarrollada registra todos los proveedores y clientes que tuvieron cualquier operación realizada en el período informado, independientemente del valor acumulado. Para registrar las operaciones exentas, la legislación establece que sean obligatorias para los proveedores que las operaciones acumuladas tengan valores superiores a 15.000 pesos uruguayos. Sin embargo, la rutina desarrollada registra todos los proveedores que tuvieron operaciones exentas en el período, independientemente del valor acumulado. |
Año | Informar el año que se considerará en la generación del reporte. |
Mes | Informar el mes que se considerará en la generación del reporte. |