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Al llegar a este punto el usuario debe calcular el valor de este nuevo impuesto, de acuerdo a como lo determine el Pedimento Anexo 22. Por ejemplo, para bebidas azucaradas se indica que el cálculo debe ser : Gramos de azúcar X Tasa de Impuesto X Tipo de cambio del pedimento = Impuesto calculado en pesosTomando los datos del pedimento: 0.900*.36*17.121 = 5.54720, Redondeando queda en 6, que el el valor usado en la pantalla arriba.Cabe mencionar que la descripción de la clave "ZC" (Cantidad de Azúcar) contenida en el pedimento está descrita en el ANEXO 22 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2024 |
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