01. VISIÓN GENERAL

Se realizó el tratamiento para atender el DECRETO Nº 37.699, DEL 26 DE AGOSTO DE 1997 (Reglamento del ICMS), donde en la hipótesis en la cual el precio practicado por el remitente, aumentado de los valores correspondientes al flete, seguro, impuestos, aportes y otras cargas transferibles o cobrados del destinatario, aunque por terceros, fuera igual o superior al 90% (noventa por ciento) del precio final al consumidor, deba utilizarse el MVA en lugar de la Tarifa, para la base de cálculo del ICMS Retenido.

IMPORTANTE

Comunicamos que los campos vinculados a Registro fiscal serán descontinuados del registro de Tipos de entrada y salida (MATA080, tabla SF4) a partir de la versión 12.1.2610 (12.1.2510, para nuevos clientes), volviéndose este un registro dedicado exclusivamente a la integración entre los módulos del TOTVS Backoffice - Protheus.

Las configuraciones para cálculo y registro de tributos de los documentos fiscales deben ocurrir únicamente por medio de la rutina Configurador de tributos (FISA170), disponible en el menú Libros fiscales >> Actualizaciones >> Facilitadores.

Recomendamos la evaluación y migración de sus configuraciones a la nueva rutina.

02. EJEMPLO DE UTILIZACIÓN

Aceda al registro del TES - Tipos de Entrada y Salida y configure los campos Aplica Marg. (F4_APLIIVA) con la opción 5 y % Def.MVA/Pa (F4_OUTPERC) con valor mayor que Cero.

 

Ejemplo: Una situación en la cual la Tarifa de "Producto X" fuera R$ 70,00, si vendo con un precio MAYOR o IGUAL a R$ 63,00, debo modificar la fórmula de cálculo y utilizar el porcentaje de MVA. 

Cálculo: R$ 70,00 * 90% = R$ 63,00.
Vea que R$ 63,00 alcanzó el 90% del Valor de la tarifa, entonces debe utilizarse el Valor de MVA para calcular la base del ICMS ST. 
Suponiendo que el MVA configurado sea del 50% la base de cálculo será:


R$ 63,00 *(1+(50/100))  = R$ 94,50

Si el Valor fuera MENOR que R$ 63,00 se utilizaría el Valor de tarifa para el Cálculo. 
Si el valor fuera de R$ 62,00 no alcanza los 90%, entonces el cálculo será el Valor de tarifa, que en este caso es R$ 70,00.


03. TABLAS UTILIZADAS

  • CFC - Estado/ Prov/ Reg vs.  x Estado/ Prov/ Reg
  • SF4 - Tipo de entrada y salida

    Tabla SF4 - Tipos de entrada y salida

    Campo

    F4_APLIIVA

    Tipo

    Carácter

    Tamaño

    1

    Decimal

    0

    Formato

    @!                                          

    Título

    Aplica Marg.

    Descripción

    ¿Aplica Margen de ganancia? 

    Nivel

    1

    Opciones

    1=Sí;2=No;3=Mayor/Menor;4=Alcanza75%;5=Otr.%                                                                                                                                                                              

    Help

    Aplica margen de ganancia configurada en el producto/excepción, si el valor del ítem fuera mayor/menor, alcanzar el 75% del valor o mayor/igual que el porcentaje definido en el campo F4_OUTPERC para que se aplique el cálculo de tarifa o ICMS ST. Opciones:

    1-Sí: Aplica margen de ganancia si el valor unitario fuera mayor que el valor de la tarifa de ICMS

    2-No: No afectará el cálculo

    3-Mayor/Menor: Aplicará el margen independientemente de que el valor unitario sea mayor o menor que el valor de la tarifa de ICMS.

    4-Si el Valor del producto alcanzara el 75% del Valor de la tarifa, debe aplicarse el Margen de ganancia.

    5-Considere el % definido en el campo F4_OUTPERC, para utilizar el MVA en lugar de la tarifa.                                                                         

    Campo

    F4_OUTPERC

    Tipo

    Numérico

    Tamaño

    6

    Decimal

    2

    Formato

    @E 999.99                                                                         

    Título

    % Def.MVA/Ta

    Descripción

    % Def. Util. MVA/Tarifa  

    Nivel

    1

    Help

    Informe el porcentaje para que cuando el valor del producto alcance el porcentaje definido en este campo, aplique el Margen de ganancia (MVA) en lugar de la tarifa.

04. LEGISLACIÓN

  • DECRETO N.º 37.699, DEL 26 DE AGOSTO DE 1997 (Reglamento de ICMS)